Aunque se suprime la norma anterior, la nueva providencia ratifica la obligación de estas personas naturales de actuar como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Seniat incorpora como agentes de retención del IVA a personas naturales con firma personal

Seniat incorpora como agentes de retención del IVA a personas naturales con firma personal-.El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó la Providencia Administrativa N° SNAT/2025/000054, mediante la cual se deroga la normativa SNAT/2015/0049 y se actualiza el marco jurídico aplicable a las personas naturales calificadas como Sujetos Pasivos Especiales (SPE) cuando actúan bajo la figura de firma personal. La providencia apareció en la Gaceta Oficial N° 43.171, con fecha 16 de julio de 2025.

Aunque se suprime la norma anterior, la nueva providencia ratifica la obligación de estas personas naturales de actuar como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Así lo explicó el consultor tributario y auditor fiscal Héctor Orochena en declaraciones a Finanzas Digital. Según el especialista, el artículo 1° de la nueva norma aclara que aquellos SPE bajo firma personal deben efectuar la retención del impuesto en sus operaciones, eliminando dudas surgidas en años anteriores.

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Esta disposición impacta directamente a comerciantes y profesionales independientes calificados como SPE, quienes deberán cumplir con el cálculo, declaración y enteramiento del IVA, aun sin contar con una estructura empresarial formal.

Plazo y adecuaciones administrativas La providencia entrará en vigencia el 1 de agosto de 2025, lo que obliga a los contribuyentes afectados a revisar y ajustar sus sistemas contables y administrativos. Se espera que el Seniat emita próximamente directrices complementarias para facilitar el cumplimiento y establecer criterios precisos de aplicación.

EO // Información de: Finanzas Digital