Las empresas que realicen actividades económicas deberán declarar y pagar la contribución especial correspondiente al 9% de la nómina integral de cada empresa, la fecha de pago y declaración varían de acuerdo al terminal del RIF
Seniat estableció normas para pago de Ley de Pensiones

Seniat estableció normas para pago de Ley de Pensiones – El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) publicó en la Gaceta Oficial N° 42.881 del 17 de mayo de 2024, la Providencia Administrativa SNAT/2024/000042, la cual establece las normas para la declaración y pago de la contribución especial para la protección de pensiones.

Las empresas que realicen actividades económicas en Venezuela están obligadas a declarar y pagar la contribución especial por los pagos realizados a sus trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial.

El monto de la contribución especial fue establecido en el 9% del total de los pagos realizados por el contribuyente a sus trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial.

La declaración y pago de la contribución especial se deberá realizar de acuerdo al terminal del Registro Único de Información Fiscal (RIF) del contribuyente, siguiendo el calendario establecido en la Providencia Administrativa SNAT/2024/000042.

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La fecha de pago y declaración está determinada de acuerdo al terminal del RIF.

En caso de que los pagos de sueldos y bonificaciones de carácter no salarial se realicen en moneda distinta a la de curso legal en el país, la base de cálculo para determinar la contribución especial se debe realizar mediante la conversión a bolívares, utilizando el tipo de cambio vigente publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

EO// con información de: 800 Noticias